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Aprobación de servicios financieros de las entidades del Sector Financiero Popular y Solidario

Autorización-de-servicios-financieros

Información del servicio:

Trámite mediante el cual la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria autoriza nuevos servicios financieros a las entidades del Sector Financiero Popular y Solidario.

Los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 del “Catálogo de servicios financieros con cargo diferenciado” del “Anexo 3: “SERVICIOS FINANCIEROS CON CARGO DIFERENCIADO”, de la Sección XIV “Norma de servicios financieros de las entidades del sector financiero popular y solidario”, Capítulo XXXVI “Sector Financiero Popular y Solidario”, Título II “Sistema Financiero Nacional”, Libro I “Sistema Monetario y Financiero” de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, expedida por el órgano regulador, determinan los servicios financieros con cargo diferenciado:

        1. Alquiler de casilleros de seguridad
        2. Copia de Documentos
        3. Pago de Nomina
        4. Copia de Video de Seguridad
        5. Servicios de retiro de Servipagos
        6. Inscripción bono de la vivienda
        7. Emisión de cheques del exterior
        8. Avances de efectivo con tarjeta de credito
        9. Servicios de recaudaciones (cobros) para empresas del sector privado
        10. Pago de Beneficios Sociales
        11. Giros nacionales y al exterior con empresas del sector privado
        12. Retiro de efectivo por parte de clientes de entidades financieras del exterior en cajeros de la entidad

REQUISITOS:

      1. Oficio dirigido al Superintendente de Economía Popular y Solidaria, suscrito por el Representante Legal, en el que se especifique el servicio financiero con cargo diferenciado que prestará la entidad;
      2. Formulario de solicitud de servicios financieros suscrito por el Representante Legal, en el formato establecido por la Superintendencia, conforme al anexo 1 de la presente norma;
      3. Copia certificada del acta de la sesión del Consejo de Administración o del Directorio, según sea el caso, en la que se haya aprobado el servicio financiero. La sesión no deberá ser anterior a 90 días contados a partir de la presentación de la solicitud;
      4. Informe del sistema de costeo, en el cual se especifique los gastos directos e indirectos; costos fijos y variables, determinación del costo unitario del servicio por canal, adjuntado los documentos de respaldo que justifiquen los mismos;
      5. Procedimiento para la activación, renovación y cancelación del servicio financiero
      6. Modelo de contrato de adhesión a ser suscrito con los socios/clientes o usuarios contratantes del servicio;
      7. En caso que existan empresas que por sus funciones permitan o posibiliten la prestación del servicio financiero, se deberá adjuntar copias de los contratos suscritos en castellano; y,
      8. Los siguientes documentos requeridos en el formulario de solicitud de servicios financieros aludido en el numeral 2 :
          • El que explique las razones por las cuales la entidad desea brindar el servicio y cómo se detectó la necesidad del mismo;
          • El que explique motivadamente la demanda espe rada que tendrá el servicio financiero;
          • Descripción de las necesidades de socios, clientes o usuarios demandantes del servicio, con la explicación del beneficio con la implementación del mismo;
          • Descripción analítica completa de los parámetros bajo los cuales se prestará el servicio al socio/cliente o usuario, incluyendo la periodicidad y mecanismos de pago del servicio; y,
          • Diagrama de flujo (descripción gráfica) del proceso y/o procedimientos que se seguirán para la prestación del servicio al socio/cliente o usuario.

 

Descargue aquí: FORMULARIO DE SOLICITUD DE SERVICIOS FINANCIEROS

Base normativa:

Res. SEPS-IGT-IGS-INSESF-INSEPS-INGINT-2021-0657 de 06 de octubre de 2021.

Los documentos correspondientes a los que se hace referencia en esta sección deberán ser remitidos en un solo archivo PDF a través del siguiente enlace https://recepciondocumental.seps.gob.ec/

 

Canal de atención: Virtual mediante el aplicativo recepción documental (https://www.seps.gob.ec ) / presencial oficinas de la SEPS.

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