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Nómina de Cajas Comunales y Cajas de Ahorro

Nómina-de-Cajas

Información del servicio:

“Mediante Resolución Nro. 675-2021-F de 19 de agosto de 2021, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera resolvió lo siguiente:

ARTÍCULO 6.- ORGANIZACIÓN.- Estas cajas se forman por voluntad de sus socios, con sus aportes económicos en calidad de ahorros, sin que puedan captar fondos de terceros, tendrán su propia estructura de gobierno, administración, representación, auto control, rendición de cuentas y se inscribirán en la nómina correspondiente.

Las cajas de ahorro y cajas comunales no requieren de personalidad jurídica otorgada por autoridad pública para el ejercicio de sus operaciones;(…)

ARTÍCULO 14.- PROHIBICIONES: Se prohíbe a las cajas lo siguiente:

  1. Captar o recibir recursos de terceros bajo cualquier forma.
  2. Otorgar préstamos a terceros bajo cualquier forma o por cualquier medio o canal
  3. Realizar operaciones contingentes, emitir avales, fianzas o garantías.
  4. Emitir u operar por cuenta propia o de terceros tarjetas de débito, crédito, de pago o prepago
  5. Realizar giros nacionales o internacionales.
  6. Realizar recaudaciones y pagos.
  7. Adquirir cartera o negociar pagarés letras de cambio, libranzas, facturas y otros documentos que representen obligación de pago creados por ventas a crédito, así como el anticipo de fondos con respaldo de los documentos referidos.
  8. Invertir en el capital social de entidades financieras privadas, empresas de servicios financieros y auxiliares, compañías; o, cualquier tipo de organización de la economía popular y solidaria.
  9. Ofertar por cuenta propia o de terceros servicios no financieros
  10. Todas aquellas operaciones que no sean las descritas en el artículo 13 de esta norma
  11. No podrán tener sucursales, agencias, puntos móviles, corresponsales solidarios, ni promocionar o gestionar actividad financiera alguna por ningún medio o canal; además, en el caso de las cajas comunales, tampoco podrán tener ventanillas de extensión, ni podrán captar o recibir depósitos de terceros de ninguna naturaleza.”

PRIMERA.- La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria será la encargada de llevar la nómina de estas cajas, que será de carácter informativo, en la que constará la denominación de la entidad, ubicación, vínculo común, estado, representante legal y datos de contacto; esta información será alimentada por las propias cajas de manera independiente y unilateral, a través de los canales que la Superintendencia habilite para el efecto. 

La referida nómina deberá ser actualizada por las cajas anualmente y la falta de actualización implicará su eliminación de la nómina, sin que puedan volver a registrarse.(…)

SEGUNDA.- Las cajas se someten al autocontrol previsto en el artículo 458 del Código Orgánico Monetario y Financiero sin que requieran control interno; en consecuencia la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria no realizará ningún tipo de control,
Nómina Informativa de Cajas Comunales y Cajas de Ahorro

“Con el fin de que este servicio sea transaccional y sin gestión de trámite, esta Superintendencia pone a la disposición de la ciudadanía la atención presencial en todas las mesas de servicios a nivel nacional

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