Las organizaciones comunitarias, asociaciones, cooperativas y organismos de integración de la Economía Popular y Solidaria pueden constituirse como personas jurídicas ante la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria con base al cumplimiento de requisitos legales.
Se requiere un mínimo de 10 socios y un capital social inicial equivalente a un Salario Básico Unificado (S.B.U).
En el caso de constitución de cooperativas de transporte, vivienda y minera, se requiere previamente un informe técnico favorable emitido por la autoridad competente según sea el caso: Agencia Nacional de Tránsito, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables.
Canal de atención: Virtual / Aplicativo Recepción documental (www.seps.gob.ec) / Presencial (previo agendamiento virtual de cita en www.seps.gob.ec)