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Constitución de organizaciones de la Economía Popular y Solidaria

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Información del servicio:

Las organizaciones comunitarias, asociaciones, cooperativas y organismos de integración de la Economía Popular y Solidaria pueden constituirse como personas jurídicas ante la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria con base al cumplimiento de requisitos legales.
Se requiere un mínimo de 10 socios y un capital social inicial equivalente a un Salario Básico Unificado (S.B.U).

En el caso de constitución de cooperativas de transporte, vivienda y minera, se requiere previamente un informe técnico favorable emitido por la autoridad competente según sea el caso: Agencia Nacional de Tránsito, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables.

Canal de atención: Virtual / Aplicativo Recepción documental (www.seps.gob.ec) / Presencial (previo agendamiento virtual de cita en www.seps.gob.ec)

Pasos a seguir:

  1. Generar una solicitud de “Reserva de Denominación”, mediante la cual se reservará el nombre de la organización en proceso de constitución, misma que deberá ser aprobada por este organismo de control. Los pasos que debe realizar para generar la solicitud de reserva de denominación se detallan en la parte final de esta sección.
  2. Con el documento de Reserva de Denominación Aprobada emitido por esta Superintendencia, deberá abrir una “Cuenta de Integración de Capital” en cualquier cooperativa de ahorro y crédito, a nombre de la organización (tal y como consta en la reserva de denominación aprobada) por un valor mínimo de un salario básico unificado S.B.U. La cooperativa de ahorro y crédito deberá emitir un certificado de la cuenta de integración. En caso de que la organización en proceso de constitución abra la cuenta con el 50% del valor total del capital inicial, deberá completar el total del valor en el lapso de un año después de haberse constituido y notificará a esta Superintendencia cuando haya completado dicho valor.
  3. Una vez que cuente con la reserva de denominación aprobada y el certificado de la cuenta de integración de capital emitido por una cooperativa de ahorro y crédito, deberá remitir el “Formulario único para constitución de organizaciones” al cual accede haciendo clic en el siguiente enlace: https://servicios.seps.gob.ec/gosnf-internet/paginas/reps/constitucion/organizacion/validarReservaDenominacion.jsf
    Le aparecerá una pantalla en la cual el sistema le solicitará ingresar el código de la reserva de denominación aprobada, por ejemplo: “SEPS-RDSNF-2020-0XXXX”, el número de cédula de la persona que generó la solicitud de reserva, misma que ejercerá el cargo de representante legal de la organización una vez constituida y el código alfanumérico que aparecerá en un recuadro gris. Descargar el formulario y llenar la siguiente información: Datos de la organización, datos del certificado de la cuenta de integración, información de socios, directiva y representante legal. Al finalizar, deberá imprimir el documento y proceder a suscribirlo por quien ejercerá el cargo de representante legal de la organización y en la parte pertinente por los socios fundadores de la organización.
  4. Digitalizar en un solo archivo PDF los siguientes documentos:
    • La reserva de denominación aprobada,
    • El certificado de cuenta de integración de capital; y,
    • El formulario único de constitución de organizaciones (considerar aquellos casos en los que además se requiere de un informe técnico favorable de la entidad competente, mismos que constan en la sección “Definición e información del servicio”)
  5. Remitir los formularios y documentos correspondientes en un solo archivo PDF a través del “Servicio en línea de Recepción e ingreso documental digital / electrónico”: https://recepciondocumental.seps.gob.ec
  6. Finalmente, el área competente revisará los documentos presentados para la constitución de la organización. Si cumple con todos los requisitos, esta Superintendencia remitirá la resolución con la cual se aprueba el estatuto social y otorga la personalidad jurídica a la organización, el registro de la directiva y la generación del RUC provisional que debe ser validado, siguiendo las instrucciones previstas en la página web del SRI que constarán dentro del documento al correo registrado, caso contrario se generará una notificación electrónica con las observaciones que deberá subsanar para completar dicho proceso.
  7. Con esta actividad culmina el servicio.

Instructivo para el usuario

Video Tutorial - Constituión de Organizaciones de EPS

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