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Atención de denuncias y reclamos a las Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria (Sector No Financiero)

Atención_denuncias_quejas

¿QUE ES UNA DENUNCIA Y UN RECLAMO?

Denuncia:

Acto por el que una persona, pone en conocimiento de la Superintendencia, la existencia de un hecho cometido por parte de la organización, que puede constituir una infracción administrativa establecida en la Ley.

Reclamo:

No existe presunta afectación económica al usuario

Usted podrá encontrar una descripción de algunas causas por las cuales se ingresan denuncias o reclamos a continuación:

Causas frecuentes de presentación de denuncias:
  • No ejercer las actividades detalladas en el objeto social del estatuto de la organización. (Art. 167 literal a LOEPS)
  • No mantener el fondo o capital social mínimo autorizado. (Art. 167 literal b LOEPS)
  • No convocar a asamblea general en el tiempo y forma que establezca el estatuto social de la organización. (Art. 167 literal c LOEPS)
  • Irrespeto al ejercicio de los cargos directivos únicamente por el tiempo establecido en el estatuto social. (Art. 167 literal d LOEPS)
  • No dar todas las facilidades para que los órganos de control y regulación cumplan sus funciones. (Art. 167 literal e LOEPS)
  • No llevar un registro de todos los integrantes de la organización, archivos y registros de las actas. (Art. 167 literal f LOEPS)
  • No llevar la contabilidad actualizada de conformidad con el catalogo único de cuentas. (Art. 167 literal g LOEPS)
  • Incumplimiento con el procedimiento relacionado con la disolución y liquidación de la organización y en el caso de las cooperativas el correcto destino del fondo irrepartible de reserva legal . (Art. 167 literal h LOEPS)
  • No cumplir las regulaciones de funcionamiento y control de las actividades económicas. (Art. 167 literal i LOEPS)
  • Conceder preferencias o privilegios a los integrantes de la organización en particular, ni aún a título de fundadores, directivos, funcionarios y empleados; exigir a los nuevos integrantes de la organización que suscriban un mayor número de aportes, cuotas o aportaciones de los que hayan adquirido los fundadores desde que ingresaron a la organización, o que contraigan con la entidad cualquier obligación económica extraordinaria, que no la hayan contraído dichos integrantes. (Art. 168 literal a LOEPS)
  • Financiar los aportes, cuotas o aportaciones de sus integrantes, para con la organización. (Art. 168 literal b LOEPS)
  • Utilizar la condición de directivos y los recursos de la entidad para establecer relaciones contractuales, profesionales, laborales o de servicios personales directa o indirectamente con otras personas u organizaciones. (Art. 168 literal c LOEPS)
  • Comprar bienes de propiedad de los administradores, funcionarios o empleados de la entidad o a personas que actuasen a su nombre y en su representación y establecer acuerdos, convenios o contratos con personas naturales o jurídicas, ajenas a la organización, que les permita participar directa o indirectamente de los beneficios derivados de las medidas de fomento, promoción e incentivos que conceden esta ley. (Art. 168 literal d LOEPS)
  • Lucrarse o favorecerse fraudulentamente de los beneficios que otorga esta ley. (Art. 168 literal e LOEPS)
  • Favorecerse con recursos y beneficios adicionales a los previstos en la ley. (Art. 168 literal f LOEPS)
  • Ocultar, alterar fraudulentamente o suprimir en cualquier informe de operación, datos o hechos respecto de los cuales la superintendencia y el público tengan derecho a estar informados. (Art. 168 literal g LOEPS)
  • No entregar la información sobre la situación económica y de gestión de la organización. (Art. 169 literal a LOEPS)
  • La transgresión generalizada de los derechos de los integrantes de la organización. (Art. 169 literal b LOEPS)
Causas frecuentes de presentación de reclamos:
  • Salida de socios. (Art. 30 LOEPS y Art. 25 RGLOEPS)
  • Rechazo de solicitud de socio. (Art. 30 LOEPS y Art. 34 numeral 6 RGLOEPS)
  • Solicitud de liquidación de haberes sin haberse cumplido los 90 días que señala la norma y sin adjuntar acta de imposibilidad de acuerdo.
  • Devolución de ahorros.
  • Falta de entrega de documentación al socio relacionado a requerimientos realizados internamente. (Art. 179 LOEPS; Art. 44 numeral 12 RGLOEPS y Estatuto)
  • Conflictos internos entre los socios.
  • Incumplimiento de atribuciones y deberes de los órganos internos de las organizaciones de la EPS y del gerente.
  • Procesos eleccionarios de los consejos y representantes que no impliquen impugnación de actas y no cuenten con acta de imposibilidad de acuerdo.
  • Designación y remoción de gerentes.
  • Registro de ingreso y salida de directivos.
  • Infracciones cometidas al estatuto social de la organización. (Art. 179 LOEPS)
  • Inconformidad con la prestación del servicio.
  • Reclamos relacionados a multas impuestas por la organización siempre que no constituya derecho al trabajo. (Art. 34 numeral 7 RGLOEPS)

  1. Formulario obligatorio para la presentación de denuncias de organizaciones de economía popular y solidaria
  2. Acta de imposibilidad de acuerdo (mediación) (Disposición Reformatoria Décimo Cuarta emitida en Decreto Ejecutivo Nro. 1113 publicada en R.O 260 de 04 de agosto de 2020). Para cuyo efecto mediante el siguiente enlace puede ingresar a los centros de mediación aprobados por el Consejo de la Judicatura:https://www.funcionjudicial.gob.ec/index.php/es/component/content/article/63-mediacion-y-cultura-de-paz/409-informacion-centros-de-mediacion.htmlRESOLUCIÓN No. SEPS-IGS-IGJ-2021-010 en la que se resuelve lo siguiente: “Deróguense las resoluciones Nos. SEPS-IGPJ-2015-041 de 22 de mayo de 2015, que contiene el “REGLAMENTO DE CALIFICACION DE CENTROS DE MEDIACION PARA LA SOLUCION DE CONFLICTOS DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO Y ORGANIZACIONES DEL SECTOR NO FINANCIERO DE LA ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA”; y, SEPS-IGJ-2019-014 de 11 de abril de 2019.”;y,
  3. Documentos habilitantes según corresponda

NOTA: En caso de comparecer en representación de un usuario, se debe presentar el documento que acredite la representación (poder especial, procuración judicial, etc.).

Pasos a seguir para la presentación de una denuncia:

  1. Remitir los documentos correspondientes en un solo archivo PDF a través del “Servicio en línea de Recepción e ingreso documental digital / electrónico”: https://recepciondocumental.seps.gob.ec
  2. La Superintendencia remitirá la respuesta al correo registrado en el formulario.

NOTA: En caso de comparecer en representación de un usuario, se debe presentar el documento que acredite la representación (poder especial, procuración judicial, etc.).

Pasos a seguir para la presentación de un reclamo:

  1. Remitir los documentos correspondientes en un solo archivo PDF a través del “Servicio en línea de Recepción e ingreso documental digital / electrónico”: https://recepciondocumental.seps.gob.ec
  2. La Superintendencia remitirá la respuesta al correo registrado en el formulario.

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